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El Supremo inadmite la querella de Vox contra los miembros de la Mesa del Congreso que tramitaron la amnistía

Decide archivar la causa en la que los de Abascal acusaban a Francina Armengol, presidenta de la Cámara Baja, de un delito de prevaricación

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La presidenta del Congreso, Francina Armengol, durante el Pleno de la semana pasada jaime garcía
Gerard Bono

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El Tribunal Supremo ha archivado la querella de Vox contra los miembros de la Mesa del Congreso que votaron a favor de tramitar la ley de amnistía. La Sala de lo Penal del Alto Tribunal ha inadmitido a trámite el procedimiento por no ser los «hechos constitutivos de ilícito penal alguno«.

En su escrito, presentado a finales del mes de enero, la formación liderada por Santiago Abascal se querellaba contra la presidenta del Congreso, Francina Armengol, el vicepresidente primero, Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, la vicepresidenta Tercera, Esther Gil de Roboleño Lastortres, el secretario primero, Gerardo Pissarello Prados y la secretaria segunda, Isaura Leal Fernández, por delitos de prevaricación.

Entendían que al tener «manifiesto conocimiento de la inconstitucionalidad» de la norma, pactada por el PSOE con sus socios independentistas a cambio de su apoyo en la investidura de Pedro Sánchez, al admitirla en la Mesa, estarían cometiendo el ilícito. La proposición de ley continuó su tramitación parlamentaria, sin embargo, y será aprobada el próximo jueves en la Cámara Baja.

«Entendemos que concurren todos los elementos para presentar esta querella», afirmó entonces Ignacio Garriga, secretario general de Vox. El partido apoyaba su argumentación en el artículo 404 del Código Penal, según el cual «a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años».

Ahora, cuatro meses después y tras haber pasado el texto por el Senado, donde el Partido Popular interpuso un veto que previsiblemente levantará el Congreso pasado mañana, en un auto el Supremo decreta el archivo de las actuaciones porque los hechos objeto de la querella «no pueden subsumirse en el delito de prevaricación administrativa».

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