Tres años y medio de prisión para un hostelero tras medio centenar de denuncias por ruido desde 2007
El propietario de un bar de Puebla de Sanabria (Zamora) deberá indemnizar, además, al dueño de una casa rural cercana que tuvo que cerrar por los comentarios negativos de los huéspedes por la música elevada
Los 'after' de Castilla y León en zonas con exceso de ruido no podrán abrir antes de las 8.00 horas

Desde su apertura como pub, pero sobre todo en los últimos ocho años, las quejas y denuncias «sucesivas» por las «continuas y graves molestias» que la música de un bar provocaban en los vecinos de la localidad zamorana de Puebla de Sanabria han llevado a que su propietario haya sido condenado a tres años y medio de prisión y una multa de 5.400 euros por el excesivo ruido que técnicamente se denomina un delito contra recursos naturales del medio ambiente. Tampoco podrá dedicarse a negocios del sector en dos años y medio.
Y es que, según la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora, que obliga además al hostelero a pagar las costas y una indemnización de 5.000 euros al principal vecino afectado por haber perdido clientes en una casa rural cercana, la música «excesivamente alta» impedía «el descanso en horas nocturnas».
Pero, además, el establecimiento no cumplía con «los horarios de recogida de la terraza y cierre del establecimiento», mantenía «las puertas y ventanas del establecimiento abiertas» cuando su licencia no lo permitía y organizaba de «eventos y fiestas nocturnas tanto en el interior como en la vía pública instalando altavoces en el exterior, entre otras cosas.
Así, a lo largo de los años, el bar acumulaba denuncias, sobre todo del propietario del alojamiento rural -algunos de sus clientes llegaban a abandonar las instalaciones por el ruido y tuvo que devolverles el importe de las pernoctaciones-, pero también de otras personas.
En total, «48 actas de infracción» desde 2007 por incumplir la normativa de ruido y la ley de espectáculos públicos que se interponían después de las quejas por el elevado volumen de la música. Sin embargo, según la sentencia, solo constan dos expedientes sancionadores por parte de la Junta, ambos archivados «uno por caducidad» y otro porque se admitió el recurso del propietario.
Sin medidas correctoras
Tampoco, según el fallo, figura que el Ayuntamiento de la localidad haya iniciado expediente sancionador ante el local, «más allá de las recomendaciones o consejos de que cumpliese la normativa». Además, el juez señala que no hay constancia de que el propietario, tras las casi cincuenta actas de infracción «haya adoptado medidas correctoras» para adaptarse a la normativa medioambiental de ruido.
Lo que sí considera probado el tribunal es que «la situación y las continuas quejas, malos comentarios y valoraciones que en internet» tenía la casa rural cercana, su propietario decidió cerrar a finales de 2021 hasta »que se solucionaran los problemas» y que los «daños económicos causados al titular» del alojamiento por estos hechos se estiman en 5.000 euros.
Además, «los vecinos afectados durante todo este tiempo por la exposición a niveles de ruido superiores a los legalmente permitidos provenientes del local han padecido insomnio, alteraciones del sueño, estrés, ansiedad e irritabilidad, al ser imposible el descanso en el interior de sus domicilios», concluye el fallo.
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