Un abogado enumera las tres cosas que el casero te puede prohibir en el contrato de alquiler: «Aunque la Ley...»
Al optar por el alquiler, los inquilinos deben ser conscientes de que los propietarios tienen la facultad de establecer ciertas restricciones
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Alquilar una vivienda se ha convertido en una opción cada vez más común en áreas urbanas, donde comprar una propiedad puede ser prohibitivamente caro. Este modelo de vida, además, ofrece flexibilidad y un menor grado de responsabilidad, lo que lo hace atractivo especialmente para jóvenes y familias que no están listos para comprometerse con una hipoteca.
Sin embargo, al optar por el alquiler, los inquilinos también deben ser conscientes de que los propietarios tienen la facultad de establecer ciertas restricciones. Esto es lo que explica el abogado Miguel Benito, que en uno de los últimos vídeos de su cuenta de TikTok, @empleado_informado, enumera tres cosas que el casero puede prohibir en el contrato de alquiler.
Lo primero que el abogado asegura que se puede prohibir es fumar dentro del piso. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) el propietario tiene la potestad de prohibir a sus inquilinos fumar en la vivienda, aunque para ello debe especificarlo en alguna de las clausuras del contrato de alquiler.
@empleado_informado 3 COSAS QUE TU CASERO TE PUEDE PROHIBIR En el vídeo de hoy os traigo 3 cosas que tu casero te puede prohibir y seguro que no lo sabes. 1. Fumar dentro de la vivienda: Si está puesto por contrato no lo puedes hacer. 2. Mascotas en la vivienda: Aunque con la Ley de bienestar animal se ha avanzado mucho en el derecho de las mascotas, actualmente la ley de arrendamientos urbanos si permite clausulas en los contratos de alquiler que limiten o prohíban tener mascotas en casa. 3. Realizar obras: Aquí la ley de primeras ya establece que tienes que pedir consentimiento al propietario para realizarlas, salvo que se traten de obras menores. Si quiere conocer la ley, síguenos. #ley #legal #viviendas #alquier #arrendar #arrendador #arrendatario #alquilerpiso #españa #prohibiciones #caseros #inquilinos #EmpleadoInformado ♬ sonido original - Empleado Informado
Lo segundo que Benito asegura que el propietario puede prohibir, es la tenencia de mascotas en el apartamento. Aunque con la Ley de Protección Animal se ha avanzado mucho en los derechos de los animales de compañía, el abogado asegura que la LAU sí que permite clausuras que limiten o incluso prohíban la tenencia de animales en el piso.
Por último, el experto asegura que el arrendador puede prohibir realizar obras. Aquí, asegura Benito, ya de primeras la LAU especifica que siempre se debe consultar al propietario, y que éste tiene potestad absoluta para prohibirlo.
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