Aragonès ya plantea los términos del referéndum: «¿Quiere que Cataluña sea un Estado independiente?»
El presidente de la Generalitat señala la «nueva fase de negociación con el Estado»
«No estamos ante un imposible. Cosas que lo parecían, como los indultos o la amnistía, se han conseguido»
Aragonès asegura que el tipo de referéndum de independencia «forma parte de la negociación» con el PSOE

«¿Quiere que Cataluña sea un Estado independiente?» «Sí»/«No». Estos son los términos de la pregunta de un hipotético referéndum de autodeterminación que el presidente de la Generalitat, y también candidato de ERC el 12M, ha adelantado esta mañana, y que ha señalado como el próximo gran objetivo político a negociar con el Estado.
A pocas semanas del inicio de la campaña de las autonómicas, y dentro de la estrategia ya adelantada por ERC de avanzar hacia un «acuerdo de claridad» a la canadiense, Aragonès se ha reunido esta mañana con el Instituto de Estudios del Autogobierno (IAE), que le ha entregado un informe sobre cómo hacer posible y encajar jurídicamente esa votación, circunscrita, se ha puntualizado, al ámbito catalán.
«Esta es la vía para resolver el conflicto», ha apuntado Aragonès, que ha subrayado el nuevo marco político en el que debe desarrollarse esa negociación. «Es posible», ha señalado, recordando que objetivos políticos que parecían imposibles, como los indultos y la amnistía, ya se han conseguido. «Votar es posible y solo es una cuestión de voluntad política, como la amnistía», ha apuntado.
Según se detalla, y partiendo de los trabajos previos del Consejo Académico por el Acuerdo de Claridad, «las aportaciones de la política comparada y el análisis específico del conflicto político entre Cataluña y el Estado español, el informe identifica el artículo 92 de la Constitución como la vía jurídica prioritaria, más idónea y factible para convocar un referéndum sobre la independencia de Cataluña».
Este artículo establece que las decisiones políticas de trascendencia especial podrán ser sometidas a referendo. Según recoge el informe, «hay argumentos jurídicos sólidos para sostener que el artículo 92 de la Constitución no plantea objeciones serias de inconstitucionalidad» para celebrar un referéndum sobre la independencia en el que vote la ciudadanía de Cataluña.
«La premisa de partida es que la convocatoria del referéndum a través del artículo 92 de la Constitución sea fruto de un acuerdo entre las partes surgido del diálogo y la negociación como vía para resolver el conflicto político entre el Estado español y Cataluña», se añade. «Aunque la vía prioritaria es la del artículo 92, también se contemplan vías jurídicas alternativas para convocar el referéndum, como la reforma de la Ley orgánica2/1980 sobre regulación de las diferentes modalidades de referéndum o la delegación de las funciones estatales para autorizar referéndums a través del artículo 150.2 de la Constitución», se apunta en el informe
El informe del IAE plantea que el cuerpo censal sea el mismo que el que tiene derecho a voto en las elecciones al Parlamento catalán, y no se considera oportuno «establecer quórums mínimos de participación y de validación de los resultados».
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