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CASA REAL

La Casa del Rey publica dos nuevas instrucciones para «ahondar en la transparencia y rendición de cuentas»

Versan sobre las contrataciones y los presupuestos y la contabilidad del Palacio de la Zarzuela

Los Reyes, en su visita de Estado a Angola, la semana pasada EFE

La Casa de Su Majestad el Rey ha revelado esta tarde dos nuevos documentos con los que «continúa el proceso de modernización iniciado por Su Majestad el Rey tras su proclamación» para «ahondar en el reforzamiento de los principios de transparencia, rendición de cuentas y publicidad, en línea con el compromiso de la Corona con la sociedad de observar una conducta íntegra, honesta y transparente», tal y como expresan en un comunicado remitido.

El primero de los documentos versa sobre las nuevas 'Instrucciones de contratación de la Casa de S.M. el Rey', donde se estipula la normativa de contratación, las prohibiciones habidas para contratar, los niveles de solvencia de las empresas o personas físicas contratadas, los elementos esenciales del contrato, revisión de precios, presupuestos de licitación...

De este modo, el Palacio de la Zarzuela tendrá que dar publicidad a cada una de las fases del proceso de contratación: «Contará en su página web con el Perfil del contratante, como espacio que contiene la información y documentos relativos a la actividad contractual a la que se refiere estas Instrucciones, al objeto de asegurar la transparencia y el acceso público a los mismos».

El segundo de los documentos, bajo el nombre de 'Instrucciones sobre procedimiento presupuestario y de contabilidad' explicita cómo se llevan a cabo los presupuestos de los gastos de la Casa de S. M. el Rey: desde su elaboración a futuras modificaciones, pasando por el Fondo de Contingencia, «un capítulo presupuestario independiente» que se «destinará a financiar las transferencias de crédito» previas a la aprobación de unos nuevos presupuestos.

Los Reyes, junto a sus hijas la Princesa Leonor y la Infanta Sofía, el verano pasado en Mallorca EFE

«La confección del proyecto de presupuesto propio de la Casa se realizará con arreglo a los principios de rigor, economía y eficiencia, y se elevará al Jefe de la Casa para su aprobación por Su Majestad el Rey».

Ambas instrucciones entran ya en vigor a partir de este miércoles 15 de febrero.

Desde el Palacio de la Zarzuela subrayan que «se trata de medidas aprobadas por Su Majestad el Rey en el inicio de su reinado, que se ha decidido incorporar a la disposición reglamentaria que regula la organización y funcionamiento de su Casa».

En ese sentido, se establece que el personal de la Casa de Su Majestad el Rey ejercerá sus funciones con sujeción a su Código de Conducta, que está integrado por los principios generales recogidos en el real decreto y los criterios de actuación que se deberán aprobar en su desarrollo.

¿Cuándo podrá contratar la Casa sin publicidad?

A lo largo de las 35 páginas del documento donde se habla 'Instrucciones de contratación de la Casa de S.M. el Rey', hay un epígrafe donde se informa del «procedimiento negociado sin publicidad». En él se expone que «el Secretario General de la Casa de S.M. el Rey podrá autorizar, previo informe del servicio jurídico, la limitación de la concurrencia a un conjunto determinado de licitadores o seleccionar directamente a un contratista» en seis supuestos diferentes.

Tres de los seis supuestos

Por «una imperiosa urgencia», cuando la contratación sea en el extranjero o cuando el valor del contrato «sea inferior a 3.500 euros»

Según el documento 'Instrucciones de contratación de la Casa de S.M. el Rey'

Uno de los escenarios en los que desde La Zarzuela no se verán obligados a informar sobre determinadas contrataciones será aquel en el que esta decisión se tome después de que «tras el pertinente procedimiento de contratación, no se haya presentado ninguna oferta o candidatura o cuando las ofertas presentadas no sean adecuadas».

«Cuando, por la especificidad del contrato o por razones técnicas o artísticas o por motivos relacionados con la protección de derechos de exclusiva, el contrato sólo pueda encomendarse a un empresario determinado», es otro de los supuestos que se plantean, junto a otro que habla de que «el contrato o haya sido declarado secreto o reservado, o cuando su ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad».

Por «una imperiosa urgencia», cuando «la contratación sea en el extranjero» o cuando «el valor estimado del contrato sea inferior a 3.500 euros», son los otros tres escenarios por los que la Casa de S.M. el Rey podría no realizar este procedimiento de forma abierta.

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